NORMAS DE LAS ESTANCIAS PARA 2026

Estancias Agroalimentarias, Artesanales y Taberna

A MODO DE RECORDATORIO y REVISIÓN DE ALGUNAS CLÁUSULAS SEGÚN EL PLIEGO DE CONDICIONES

A) CONSTITUCIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DEL MERCADO ROMÁNTICO

Conformado por tres funcionarios del Ayuntamiento y dos policías locales, designados de entre los distintos Departamentos Municipales que tienen competencias en este aspecto.

Las funciones del Comité del Mercado Romántico, son las siguientes:
1. Velar por el correcto funcionamiento del Mercado según las normas establecidas.

2. Proponer la admisión a trámite o no de las distintas solicitudes en función a los productos que ofrezcan, según las fotos que presenten.

3. Proponer la ubicación de las distintas Estancias Agroalimentarias y Artesanales, teniendo en cuenta criterios de racionalidad en la disposición de los puestos en función a los productos que ofrecen para no hacerlos coincidir en proximidad, y llevar a cabo una distribución alterna de los mismos.

4. Proponer la reorganización de los puestos vacíos una vez asignados los mismos, así como la adjudicación de aquellos puestos que hayan quedado libres en caso de renuncia.

5. Asesoramiento en cuanto la decoración de las Estancias y el uso de la Vestimenta de Época adecuada.

6. Supervisar las estancias para que estén acorde con la época de las Estancias, indicar y advertir a los interesados el incumplimiento de las normas. Elevar una memoria de los incumplimientos, que se tendrá en cuenta para la NO OTORGACIÓN de la licencia en la siguiente edición.

7. Proponer el cierre y desalojo, de acuerdo con la Policía Local, aquellos puestos en los cuales se incumplan algunas de las obligaciones establecidas en este Pliego, o por motivos de alteración del orden público.

8. Recepcionar las Estancias o Casetas entregados por la empresa adjudicataria de la licitación, comprobar su estado y levantar acta si se encuentra algún desperfecto o mal estado y comunicarlo a dicha empresa. Del mismo modo actuará al final de la Fiesta, levantando acta del deterioro, roturas y suciedad que se observe en las mismas, de lo que se tendrá que hacer cargo de su reparación, limpieza o reposición económica la Asociación o Vendedor adjudicatario de la Estancia.

B) TIPOS DE ESTANCIAS Y DECORACIÓN

1. El Ayuntamiento facilitará a cada puesto la infraestructura básica para el montaje de la Estancia. Las estancias estarán formadas CASETAS DE MADERA. El frontal cuenta con una puerta de acceso en un lateral y una ventana horizontal abatible que deje abierta la zona para la instalación del mostrador o mesa auxiliar plegable, según el caso. Disponen de unas medidas de planta entre 3×2 metros y una altura de 2,7 metros con cubierta a dos aguas con capa aislante que garantiza el aislamiento y acabado de EPDM o equivalente que garantiza la impermeabilización y sistema de fijación que garantice la estanqueidad. El suelo es de tarima modular vista de fácil limpieza y con tratamientos antideslizantes dada la posibilidad de vertido de líquidos sobre el suelo. Tiene cámara de aire que garantiza el perfecto aislamiento del suelo y acabado en tablero hidrófugo en suelo, y estructura.

Estas casetas son modulares y en caso de Estancias dobles permiten su unión mediante la eliminación de los paneles laterales de forma que quede una estructura doble.

2. Los adjudicatarios de las Licencias estarán obligados a decorar las estancias acorde con la temática Romántica de la Fiesta.
• Deberá mantener la estética “romántica”, estando prohibidos todos aquellos elementos que no estén en consonancia con la temática de la feria, pudiendo actuar la Policía Local para retirarlos, tras informe previo de COMITÉ DEL MERCADO ROMÁNTICO. Estará prohibido por ejemplo:
• Dejar a la vista sin ocultar neveras o sombrillas.
• Cartelería en tamaños y colores no adecuados.
• Sillas y mesas de material diferente a la madera.
• Vestuario no adecuado a la época.
• Los que estén atendiendo la Estancia, deben estar en todo momento caracterizados con la vestimenta popular romántica, según cánones recomendados para la recreación de dicha época.
• Deberán conformar la decoración de su Estancia con motivos de la Época Romántica, aperos de labranza, telas bandoleras, telas de encajes, cuadros antiguos etc. Habitáculo con decoración propia de la Época Romántica: Grabados de la época, objetos de barro, macetas, calderería, lebrillos, búcaros, barriles, arcas, baúles, tinajas, alpacas, muebles y mesas antiguas, manteniendo camuflado o eliminando de la zona cualquier objeto que se salga de la estética de nuestro evento.
• Tampoco se podrá utilizar por parte de las Estancias, altavoces ni megafonía o cualquier dispositivo de música electrónica.

• Al final de la Fiesta, se inspeccionará por parte del COMITE DEL MERCADO el estado de la Caseta, que debe quedar limpia e igual como se entregó. El suelo de las mismas deberá estar protegido por una moqueta ignífuga, para que no se deteriore. En caso de deterioro, rotura o mal estado, la Asociación o Vendedor deberá hacerse cargo de los despechos y limpieza.

3. Por parte del Ayuntamiento se proporcionará un sistema de sombras en la Balconada de la Alameda y Paseo Blas Infante. En ningún caso se autorizarán toldos adicionales, aunque se podrán poner sombrillas a las horas de sol, de color beige y sin publicidad alguna.

4. Las Licencias se otorgará exclusivamente para los días en que se desarrolle Ronda Romántica 2026, es decir, los días 29, 30, 31 de mayo de 2026.

C) MONTAJE, DESMONTAJE Y ABASTECIMIENTO. HORARIOS.

1. RECOGIDA DE CREDENCIALES

Tabernas:

-19 de mayo, martes, 20,30 h. en la Casa de la Cultura (reunión con el COMITÉ DE MERCADOS).

Agroalimentarias y Artesanales:

-28 de mayo, jueves: de 10,30 h.  a 14,00 h.

-29 de mayo, viernes: de 10,30 h.  a 13,00 h.

2. MONTAJE DE LOS PUESTOS, el horario será:

Tabernas:

-28 de mayo, jueves:

de 12,30 h. a 24,00 h. Balconada de la Alameda y Blas Infante.

-29 de mayo, viernes:

de 10,30 h. a 13,00 h. Balconada de la Alameda y Blas Infante.

Agroalimentarias y Artesanales:

-28 de mayo, jueves:

de 10,30 h. a 22,00 h. calles laterales de la Alameda (por Mariano Soubirón)

de 12,30 ha 22,00 h. Balconada de la Alameda y Blas Infante.

-29 de mayo, viernes:

de 10,30 h. a 13,00 h. calles laterales de la Alameda por Mariano Soubirón y Balconada de la Alameda y Blas Infante.

Se contará con vigilancia nocturna el jueves, viernes y sábado. 

3. ZONAS DE DESCARGA

Para el montaje y desmontaje de los productos y material de las Estancias (tabernas, agroalimentarias y artesanales), habrá dos zonas de espera, en el horario indicado.

-Calle Mariano Soubirón.- A partir de aquí, la Policía y Seguridad dirigirá el acceso de las furgonetas, a través de la calle El Niño y plaza de la Merced, a la Alameda por la puerta derecha, y descargarán sus mercancías aparcando en batería. A partir de ahí sus enseres los deberá trasladar en carritos o plataformas con ruedas, con la máxima prontitud posible para que puedan entrar otros.

-Paseo Blas Infante.- A partir de aquí, la Policía o Seguridad dirigirá el acceso de las furgonetas, según el orden de llegada, el transporte a los puestos a través de unos toritos que facilitará el Ayuntamiento de Ronda.

Con la finalidad de preservar el suelo y el parque en general, en ningún caso podrá acceder a la Alameda ningún tipo de camión ni vehículo para tal fin a la zona enlosada.

Es aconsejable que cada Estancia disponga además de un carro o plataforma a ruedas para desplazar sus necesidades logísticas.

4. HORARIO DE APERTURA Y CIERRE DEL MERCADO ROMÁNTICO:

• Viernes, 29 de mayo: de 11,00 horas a 03,00 horas.

• Sábado, 30 de mayo: de 11,00 horas a 03,00 horas

• Domingo, 31 de mayo: de 11,00 horas a 17,00 horas

5. ABASTECIMIENTO DIARIO de las Estancias, se establece el siguiente Horario, que se hará siempre por medio manuales, por ambas entradas:

-Viernes, 29 de mayo: de 9,00 h. a 12,30 h.

-Sábado, 30 de mayo: de 7,00 h. 10,30 h.

-Domingo, 31 de mayo: de 7,00 a 10,30 h.

8. DESMONTAJE

El domingo, 31 de mayo, por la tarde, de las 17,00 h a 18,00 h.. deberá quedar todo desmontado. Tras el cierre del Mercado Romántico, cada Estancia deberá contar con una estructura textil que proteja su Estancia herméticamente.

D) DERECHOS Y DEBERES

1. Las Tabernas contarán con instalaciones comunes o puntos de servicio para el suministro de agua y limpieza de los utensilios, que se ubicarán estratégicamente.

2. Son derechos de los adjudicatarios de las licencias las siguientes:
• Ocupar los terrenos de titularidad municipal durante el desarrollo de la fiesta.
• Ser mantenidos en el uso de los terrenos durante el plazo de autorización, con las limitaciones establecidas en la normativa de bienes de Andalucía.
• Cesión de un letrero (guardando una misma imagen corporativa) anunciando la Estancia.
• Se entregará una credencial, autorizando su puesto, y a las personas que atenderán la Estancia, que deberá ser retirada a partir del miércoles y jueves en la “Estancia Oficial” que la organización tendrá dentro de la Fiesta.
• Ambientación, decoración, seguimiento, control y supervisión de las zonas comunes desde el comienzo de la fiesta, hasta su finalización.
• Actividades paralelas y actos ofrecidos en el Programa de “Ronda Romántica”.
• Asistencia y distribución de las estructuras, con el cumplimiento de las normas exigidas a los participantes.
• La instalación eléctrica por estancia simple es de 1000W de potencia; para la Tabernas será de 7000 W. Estará compuesta por un punto de luz para la instalación de una lámpara y una toma de corriente. Dicha lámpara no será suministrada por la Organización. Será obligatorio que la lámpara instalada, de algún modo, sea ornamental y adornada acorde a la decoración de la estancia y la feria en general. La toma de corriente irá dotada solo de 1 enchufe de 16 A y ésta sólo será autorizada para una instalación, no estando permitido su ampliación mediante regletas y otros sistemas.

3. El adjudicatario de la licencia solo podrá realizar actividades, o vender productos que estén en relación con la temática romántica de la época y aquellos productos que se establecen en la Cláusula Tercera del presente Pliego; quedando por tanto prohibida la venta o realización de actividades distintas a las permitidas. En este sentido, a la Policía Local se le entregará un dossier con la información y las fotografías de los productos que previamente han entregado los adjudicatarios de las licencias, y verificarán en todo momento que estos productos se corresponden con lo que se están vendiendo. En caso contrario, la Policía obligará a los adjudicatarios de las Licencias a ofrecer los productos que inicialmente presentaron en las fotografías, pudiendo incluso llegar a cerrar el puesto.

El adjudicatario estará obligado a realizar aquella actividad para la cual se le ha otorgado la licencia, quedando prohibida la realización de actividad distinta.

En todo caso se mantendrá limpio el espacio ocupado por los puestos.

4. Queda terminantemente prohibido el arrendamiento o alquiler de las Estancias a personas ajenas al autorizado. Al igual que tampoco estarán permitidas las subcontratas para la gestión o uso de la Estancia, debiendo estar la autorización con el mismo nombre de la persona que será encargada y responsable durante los días del evento.

5. Los adjudicatarios de las Licencias para la instalación de Tabernas (dobles) pueden poner como máximo y en el espacio reservado para ello, 8 mesas y 32 sillas, las cuales serán de madera y a las cuales el Ayuntamiento identificará. Se advierte que queda totalmente prohibido:
• Colocar las mesas y las sillas fuera del espacio habilitado para ello.
• La utilización de mesas y sillas de materiales diferentes a madera.
• Contabilizar la unión de varias mesas como una sola.
• La colocación de más mesas y sillas de las establecidas en este Pliego.
• Cada Taberna ha de contar OBLIGATORIAMENTE CON SU PROPIO EXTINTOR, SANCIONÁNDOSE A AQUELLA QUE NO CUMPLA CON ESTA OBLIGACIÓN.
• Las tabernas están obligadas a cumplir la “normativa para el tratamiento y reciclado de aceites usados”, por lo cual deberán disponer de un depósito para el aceite usado caliente, que una vez enfriado, depositaran en recipientes de plástico (máx. 5 litros), antes llevarlo al contenedor situado al efecto en los jardines de Blas Infante.

6. Queda totalmente prohibido ocupar puestos que no se le han adjudicado, sancionándose a aquellas personas que así lo hagan.

7. Estará totalmente prohibido el deterioro de jardines, pavimentos y demás elementos públicos, sancionándose a las personas que lo hicieran.

8. Por lo que respecta a los adjudicatarios de Licencias que tengan como objeto la realización de la actividad de Taberna, solo podrán utilizar para cocinar planchas de cocina o fuego, estando terminantemente prohibido el uso de otros elementos tales como barbacoas. A su vez, dichos elementos o instrumentos de cocina solo podrán utilizarse en la zona trasera de almacén de las Estancias.

E) RONDA ROMÁNTICA SOSTENIBLE
• La vajilla a utilizar por las Tabernas será VAJILLA ECOLÓGICA de un solo uso (no pudiéndose usar plásticos, aunque sí se autorizan cristal y barro) consistente en:
• -Plato hondo de caña de azúcar, 19 cm.
• -Plato llano de caña de azúcar, de 17 ó 22 cm.
• -Vaso de papel Kraft, de 360 ó 480 ml.
• -Cucharas de madera, 165×18 mm.
• -Cuchillos de madera, 165×18 mm.
• -Tenedores de madera, 165×18 mm.