RONDA ROMÁNTICA-del 30 de mayo al 1 de junio 2025: Pasacalles Romántico, Paseo de Caballos y Carruajes.
- La participación en estos actos de jinetes a caballo y carruajes, con los atalajes, arreos y vestimenta a la Rondeña será libre, sin inscripción previa. No obstante los participantes deberán llevar consigo la documentación correspondiente: seguro obligatorio, y la documentación que acredite la identificación caballar, carruaje o enganche.
- En el Pasacalles Romántico y/o del Paseo de Caballos y Carruajes es obligatoria la indumentaria y atalajes del siglo XVIII y XIX.
- La participación de los carruajes y caballos atalajados a la rondeña se podrá hacer a través del PASACALLES ROMÁNTICO y PASEO DE CABALLOS Y CARRUAJES.
- PASACALLES ROMÁNTICO: El viernes 30 de mayo, a 18,00 horas se concentrarán en la Puerta del Almocábar del Barrio de San Francisco, para a partir de las 19,00 horas proceder al Pasacalles Romántico por las calles de Ronda donde se celebran las Fiestas. Itinerario: Plaza del Ruedo Alameda(concentración y salida-Barrio de San Francisco), cuesta de las Imágenes (zona de disparos) ladera del Castillo (zona de disparos), cruce con cuesta de acceso a plaza Duquesa de Parcent (zona de disparos); cruce con plaza Abul Beka (zona de disparos), cruce con plaza Juan de Dios de Córdoba (zona de disparos), cruce con Museo Lara (zona de disparos), cruce con cuesta de Santo Domingo (zona de disparos), plaza de España (zona de disparos), cruce con plaza Tte. Arce (zona de disparos), cruce con puerta del Picadero (zona de disparos), plaza de la Merced (zona de disparos), calle San José (apeadero de caballos).
- PASEO DE CABALLOS Y CARRUAJES (sábado 31 de mayo): Itinerario y Descansaderos: Plaza de España (descansadero), Calle Virgen de la Paz, Plaza del Teniente Arce (descansadero), Plaza de la Merced, Calle Jerez, Calle San José (descansadero).
- HORARIO: de 11,00 a 22,30 horas. En ningún caso los caballistas y carruajes podrán pasear fuera de este horario.
- Los carruajes tendrán el mismo horario y recorrido que los caballistas.
- Todos los caballistas, cocheros y mozos deberán manifestar en todo momento un comportamiento ejemplar, para que todo transcurra con absoluta normalidad y tranquilidad. En caso contrario, la autoridad pertinente le podrá retirar su acreditación de participación en la Fiesta.
- DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO NORMATIVO:
- 12.1 Seguro responsabilidad civil. Los/as responsables del ganado autorizado, enganches y carruajes estarán obligados/as a tener contratado un seguro de responsabilidad civil, exigido para cada uno de los conjuntos de carruajes o enganches (con ganado autorizado incluidos), deberá tener una cobertura mínima de 300.000 euros para el/la titular de la solicitud formulada, por los daños a terceros que pudieran ocasionar.
Los/las caballistas que accedan a las zonas autorizadas, deberán contar obligatoriamente con una póliza de seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 60.000 € por los daños a terceros que pudiera ocasionar el ganado autorizado de montura el tiempo que permanezca fuera de la cuadra, todo ello con una duración que deberá coincidir con las fechas de celebración del festejo.
12.2 Tarjeta sanitaria. Los caballistas y cocheros/as deberán portar en todo momento la tarjeta sanitaria equina y el recibo original o copia autenticada del seguro de responsabilidad civil al que se hace referencia en el artículo anterior.
12.3. Acceso caballos y enganches:
1.- Queda prohibido el acceso de caballos y enganches a los acerados y vías no autorizadas del recinto.
2- Los animales de tiro o montura deberán estar herrados con patines de goma o herraduras vidrias, o de cualquier otro tipo de material antideslizante homologado.
12.4. Cocheros:
1.- Los enganches deberán ser guiados por un/a cochero y asistidos por acompañante, a excepción de los enganches en limonera que podrán prescindir del acompañante.
En caso de permanecer parado, en el enganche deberá quedar el/la cochero o el/la acompañante en el pescante, con el control de los animales. Cochero/a y acompañante deben ser ambos mayores de edad, o contar con autorización.
2.- Los/as cocheros deberán hacer uso de sus látigos en prolongación, quedando prohibido su uso lateral y el trallazo.
12.5 Caballistas menores de edad:
Los/as caballistas menores de edad deberán ir acompañados de un/a mayor y contar con autorización de sus padres o tutores, asumiendo estos las responsabilidades que de tal hecho pudieran derivarse.
12.6. Comportamiento:
1.-El caballo debe tener un buen nivel de alimentación, salud, higiene y cuidados en general. Cualquier caballo que no reúna estas características será expulsado de la zona de Ronda Romántica.
2.- El jinete del caballo o conductor del carruaje tiene que tener siempre el control de las riendas del animal.
3.- El jinete o conductor del carruaje está sometido a las normas de circulación de cualquier vehículo y puede estar sometido a control de alcoholemia.
4.- Queda prohibido el amarre de cualquier animal a casetas, farolas, árboles, señales de tráfico, o cualquier otro elemento fijo o movible, debiendo permanecer siempre de la mano de una persona mayor de edad responsable.
- 12.1 Seguro responsabilidad civil. Los/as responsables del ganado autorizado, enganches y carruajes estarán obligados/as a tener contratado un seguro de responsabilidad civil, exigido para cada uno de los conjuntos de carruajes o enganches (con ganado autorizado incluidos), deberá tener una cobertura mínima de 300.000 euros para el/la titular de la solicitud formulada, por los daños a terceros que pudieran ocasionar.
- Teniendo en cuenta lo anterior será causa de expulsión y retirada de los animales de los recintos de la fiesta en los siguientes casos:
- En caso de caída del caballo y/o jinete.
- Dejar al caballo sin la vigilancia oportuna.
- En caso de cojera manifiesta del animal.
- Resistencia continuada a las órdenes del jinete.
- El maltrato animal.
- Hacer figuras o movimientos circenses o causar peligro manifiesto a los viandantes.
- Por encontrarse el jinete bajo influencia de alcohol o estupefacientes.
- Cuando se observa en el jinete una clara ineptitud en el manejo de su cabalgadura o en la actitud de este con peligro para él mismo y/o el público.
14. La circulación se hará ordenadamente según el sentido de circulación de las calles.
15. Alquiler caballos para paseo:
Se prohíbe el alquiler de caballos para el paseo, tanto en la zona habilitada para el paseo como en las inmediaciones del mismo, en cuyo caso serán sancionados y desalojados inmediatamente del Recinto.
16. Sanciones
Las infracciones cometidas por los participantes podrán ser sancionadas con arreglo a las Ordenas Municipales del Ayuntamiento de Ronda, así como por otras normas de superior rango que les pueda ser de aplicación.